Familia

Divorcio en Chile: tipos, requisitos, plazos y cómo es el juicio

Vidal Navarro Abogados AsociadosLectura de 9 min

El divorcio en Chile se tramita ante el Juzgado de Familia y puede ser de mutuo acuerdo, con al menos un año de cese de convivencia; unilateral, con tres años de separación; o por culpa, cuando el otro cónyuge cometió una falta grave. Aquí te explicamos los requisitos de cada uno, cómo se prueba la separación y qué pasa con tus hijos, tus bienes y la compensación económica.

¿Qué tipos de divorcio existen en Chile?

La Ley 19.947 de Matrimonio Civil contempla dos grandes caminos: el divorcio por cese de convivencia, que puede ser de mutuo acuerdo o unilateral, y el divorcio por culpa. En todos los casos lo decreta un juez; hoy no existe en Chile un divorcio que se tramite solo ante el Registro Civil o un notario.

Divorcio de mutuo acuerdo

Procede cuando ambos cónyuges lo piden juntos y acreditan que dejaron de vivir juntos hace más de un año. Además, deben presentar un acuerdo que regule sus relaciones y las de sus hijos, del que hablamos más abajo. Es la vía más rápida y menos desgastante.

Divorcio unilateral

Si tu cónyuge no quiere divorciarse, puedes pedirlo tú solo cuando el cese de convivencia dura al menos tres años. No necesitas su consentimiento ni explicar por qué se terminó la relación.

Hay una excepción importante: si durante la separación no pagaste de forma reiterada la pensión de alimentos a tu cónyuge o a tus hijos, pudiendo hacerlo, el juez puede rechazar la demanda si la otra parte lo pide. Además, si la pareja retoma la vida en común con intención de que sea permanente, el plazo se interrumpe y vuelve a contar desde cero.

Divorcio por culpa

Se puede demandar sin esperar plazo alguno cuando el otro cónyuge cometió una falta grave a los deberes del matrimonio que hace intolerable la vida en común. La ley menciona, entre otras:

  • Atentados contra la vida o malos tratos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de los hijos.
  • Incumplimiento grave y reiterado de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad, como el abandono continuo del hogar.
  • Condena por ciertos delitos, como los cometidos contra la familia o contra las personas, que rompan gravemente la armonía del matrimonio.
  • Alcoholismo o drogadicción que impida la convivencia armoniosa.

Este divorcio exige probar los hechos en juicio, por lo que suele ser más largo y conflictivo.

¿Cómo se acredita el cese de convivencia?

El punto clave del divorcio por cese de convivencia es probar desde cuándo están separados. Para matrimonios celebrados después de la entrada en vigencia de la ley, en noviembre de 2004, la fecha debe constar en un documento con fecha cierta, es decir, que no se pueda discutir. Estos son:

  • Escritura pública o acta extendida y protocolizada ante notario.
  • Acta firmada ante un oficial del Registro Civil.
  • Transacción aprobada por el tribunal, por ejemplo, un acuerdo sobre pensión de alimentos aprobado por el juez.
  • La notificación de una demanda entre los cónyuges para regular temas como alimentos, bienes o hijos, o de la declaración de uno de ellos de poner fin a la convivencia, hecha por escritura pública, acta ante el Registro Civil o constancia en el juzgado.

Si te casaste antes de esa fecha, la ley permite probar el cese con otros medios, como testigos y documentos, aunque el juez debe quedar convencido de la fecha.

¿Qué es el acuerdo completo y suficiente?

Es el documento que exige el divorcio de mutuo acuerdo. Debe regular las relaciones entre los cónyuges, como alimentos entre ellos y temas del régimen de bienes, y, si hay hijos, al menos su pensión de alimentos, su cuidado personal y la relación directa y regular (las visitas) con el padre o madre que no vive con ellos.

  • Completo: trata todas esas materias, sin dejar ninguna fuera.
  • Suficiente: protege el interés superior de los hijos, intenta reducir el perjuicio económico que causa la ruptura y deja relaciones justas hacia el futuro.

El juez revisa que cumpla estos requisitos antes de aprobarlo.

¿Qué es la compensación económica en el divorcio?

Es un pago que busca reparar el menoscabo económico, es decir, la pérdida que sufrió el cónyuge que, por dedicarse al cuidado de los hijos o del hogar, no pudo trabajar remuneradamente durante el matrimonio o lo hizo menos de lo que podía y quería.

Para fijarla, el juez considera especialmente:

  • La duración del matrimonio y de la vida en común.
  • La situación patrimonial de ambos.
  • La edad y el estado de salud de quien la pide, y su situación previsional y de salud.
  • Su preparación profesional y posibilidades de encontrar trabajo.
  • La colaboración que prestó a las actividades económicas del otro cónyuge.

Puede pagarse en dinero, en cuotas o con la entrega de bienes, entre otras formas. Se pide dentro del juicio de divorcio, en la demanda, en un escrito complementario o en la demanda reconvencional; si no se solicitó en la demanda, el juez informa de este derecho en la audiencia preparatoria. La ley no contempla un juicio aparte para pedirla después, por eso conviene planificarla desde el inicio.

¿Qué pasa con los hijos en un divorcio?

El divorcio termina el matrimonio, pero no cambia en nada la relación con los hijos. Ambos padres mantienen sus derechos y obligaciones. En el juicio o en el acuerdo se deben definir tres temas:

  • Cuidado personal: con quién vivirán los hijos.
  • Pensión de alimentos: cuánto aportará el padre o madre que no vive con ellos.
  • Relación directa y regular: cómo y cuándo los verá el otro padre.

El divorcio en sí no requiere mediación previa, pero si alguno de estos tres temas debe demandarse porque no hay acuerdo, la ley exige pasar primero por una mediación familiar, salvo excepciones como los casos de violencia intrafamiliar.

¿Cómo es el juicio de divorcio paso a paso y cuánto demora?

  1. Reunir antecedentes: certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos y el documento que acredita el cese de convivencia.
  2. Presentar la demanda ante el Juzgado de Familia, con patrocinio de abogado. Si no puedes pagar uno, la Corporación de Asistencia Judicial ofrece asesoría gratuita.
  3. Notificación al otro cónyuge (en el mutuo acuerdo, ambos firman la solicitud).
  4. Audiencia preparatoria: el juez llama a conciliación, fija los puntos que deben probarse y, si corresponde, informa sobre la compensación económica.
  5. Audiencia de juicio: se rinden las pruebas, como documentos y testigos. En los divorcios de mutuo acuerdo muchas veces todo se resuelve en una sola audiencia.
  6. Sentencia y subinscripción: cuando la sentencia queda firme, se anota al margen de la inscripción de matrimonio en el Registro Civil. Desde ese momento pasas a tener el estado civil de divorciado y puedes volver a casarte.

La duración depende de la carga del tribunal, de lo rápido que se notifique y de cuántos temas estén en disputa. Un divorcio de mutuo acuerdo con un buen acuerdo regulador suele ser bastante más breve que uno unilateral contestado o por culpa.

¿Qué pasa con los bienes y los derechos entre cónyuges?

El divorcio pone fin al régimen de bienes del matrimonio. Si estaban casados en sociedad conyugal o en participación en los gananciales, hay que liquidar ese régimen, es decir, calcular y repartir lo que corresponde a cada uno, ya sea de común acuerdo o mediante un procedimiento aparte. Si estaban casados con separación de bienes, cada uno conserva lo suyo.

También terminan los derechos que dependen de estar casados, como el derecho a pedir alimentos al otro cónyuge y el derecho a heredarse mutuamente. La compensación económica, en cambio, es justamente la herramienta para equilibrar la situación al momento del divorcio.

¿Puedes divorciarte si tu cónyuge está en el extranjero o no sabes dónde está?

Sí, en muchos casos. Si tu cónyuge vive fuera de Chile, los tribunales chilenos han aceptado conocer del divorcio cuando existe una conexión suficiente con el país, por ejemplo, si el matrimonio se celebró o está inscrito en Chile, aunque el criterio no es uniforme. La notificación se hace por exhorto internacional, una comunicación oficial entre tribunales de distintos países, lo que alarga el proceso. Si ambos están de acuerdo, el trámite suele simplificarse.

Si no sabes dónde vive tu cónyuge, normalmente el tribunal primero intentará ubicarlo consultando a distintos organismos públicos y, si no lo logra, puede autorizar otras formas de notificación, como la publicación de avisos. Por su parte, un divorcio obtenido en el extranjero no produce efectos en Chile hasta que la Corte Suprema lo reconoce mediante el trámite llamado exequátur.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay que estar separados para divorciarse en Chile?

Si ambos están de acuerdo, se requiere más de un año de cese de convivencia. Si lo pide solo uno de los cónyuges, el plazo es de al menos tres años. En el divorcio por culpa no hay plazo mínimo, pero hay que probar la falta grave.

¿Se puede hacer el divorcio sin abogado?

No, por regla general la demanda o solicitud debe presentarse con patrocinio de un abogado ante el Juzgado de Familia. Si no puedes costearlo, la Corporación de Asistencia Judicial presta asesoría gratuita a quienes cumplen sus requisitos.

¿Qué pasa si mi cónyuge no quiere firmar el divorcio?

Puedes pedir el divorcio unilateral una vez que acredites al menos tres años de cese de convivencia, sin necesidad de su firma. También puedes demandar divorcio por culpa si existe una causal grave. Ten presente que el juez puede rechazar el divorcio unilateral si no pagaste reiteradamente los alimentos durante la separación, pudiendo hacerlo.

¿Cómo pruebo que estoy separado si nunca firmamos nada?

Si te casaste después de noviembre de 2004, necesitas un documento con fecha cierta, como una escritura pública, un acta ante el Registro Civil o la notificación de una demanda entre ustedes; puedes hacer hoy una declaración y notificarla para empezar a contar el plazo. Si te casaste antes, la ley permite otros medios de prueba, como testigos.

¿La compensación económica se puede pedir después del divorcio?

Debe pedirse dentro del juicio de divorcio: en la demanda, en un escrito complementario o en la demanda reconvencional, que se presenta al contestar. Si no se pidió, el juez informa de este derecho en la audiencia preparatoria. La ley no contempla pedirla en un juicio posterior, por lo que conviene evaluarla desde el comienzo.

¿El divorcio cambia la pensión de alimentos de los hijos?

No termina la obligación con los hijos, que siguen teniendo derecho a alimentos. Lo que termina es el derecho de los cónyuges a pedirse alimentos entre ellos. La pensión de los hijos se fija o mantiene en el mismo juicio o en el acuerdo regulador.

Este artículo entrega información general sobre la legislación chilena vigente a la fecha indicada y no reemplaza la asesoría de un abogado para un caso concreto.